sábado, 17 de febrero de 2024
sábado, 26 de mayo de 2012
ACUERDOS PLENARIOS. PERÚ
ACUERDO PLENARIO 01-2005 EJECUTORIAS SUPREMAS VINCULANTES
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ACUERDO PLENARIO 02-2005 REQUISITOS DE LA SINDICACION DE COACUSADO, TESTIGO O AGRAVIADO
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ACUERDO PLENARIO 03-2005 INTERVENCION DE TRES O MAS AGENTES
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ACUERDO PLENARIO 04-2005 DEFINICION Y ESTRUCTURA TIPICA DEL DELITO DE PECULADO
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ACUERDO PLENARIO 01-2006 DETERMINACION DE PRINCIPIOS JURISPRUDENCIALES
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ACUERDO PLENARIO 02-2006 COMBINACION DE LEYES O UNIDAD EN LA APLICACION DE LAS LEYES
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ACUERDO PLENARIO 03-2006 DELITOS CONTRA EL HONOR PERSONAL Y DERECHO CONSTITUCIONAL A LA LIBERTAD DE EXPRESION E INFORMACION
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ACUERDO PLENARIO 04-2006 COSA JUZGADA EN RELACION AL DELITO DE ASOCIACION ILICITA PARA DELINQUIR
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ACUERDO PLENARIO 05-2006 DECLARACION DE CONTUMACIA EN LA ETAPA DE ENJUICIAMIENTO
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ACUERDO PLENARIO 06-2006 REPARACION CIVIL Y DELITOS DE PELIGRO
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ACUERDO PLENARIO 07-2006 CUESTION PREVIA E IDENTIFICACION DEL IMPUTADO
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ACUERDO PLENARIO 01-2007 DETERMINACION DE PRINCIPIOS JURISPRUDENCIALES
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ACUERDO PLENARIO 02-2007 VALOR PROBATORIO DE LA PERICIA NO RATIFICADA
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ACUERDO PLENARIO 03-2007 PERDIDA DE IMPARCIALIDAD Y PROCESO DE HABEAS CORPUS Y AMPARO
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ACUERDO PLENARIO 04-2007 DESVINCULACION PROCESAL
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ACUERDO PLENARIO 05-2007 LA NON REFORMATIO IN PEIUS
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ACUERDO PLENARIO 06-2007 SUSPENSION DE LA PRESCRIPCION CUANDO EXISTE RECURSO DE NULIDAD CONCEDIDO VIA QUEJA EXCEPCIONAL
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ACUERDO PLENARIO 07-2007 VIOLACION LIBERTAD SEXUAL ALCANCE INTERPRETATIVO ARTICULO 173. 3 DEL CODIGO PENAL
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ACUERDO PLENARIO 08-2007 DIFERENCIAS ENTRE AGRAVANTES QUE EN ROBO ALUDEN A LA PLURALIDAD DE AGENTES Y ACTUACION DELICTIVA COMO INTEGRANTE ORGANIZACION
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ACUERDO PLENARIO 09-2007 SOBRE LOS PLAZOS DE PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL PARA DELITOS SANCIONADOS CON PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD
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ACUERDO PLENARIO 01-2008 REINCIDENCIA, HABITUALIDAD Y DETERMINACION DE LA PENA
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ACUERDO PLENARIO 02-2008 ALCANCES DE LA PENA DE INHABILITACION
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ACUERDO PLENARIO 03-2008 CORREO DE DROGAS, DELITO DE TID Y LA CIRCUNSTANCIA AGRAVANTE DEL ARTICULO 297. 6 DEL CODIGO PENAL
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ACUERDO PLENARIO 04-2008 APLICACION DEL ARTICULO 173 .3 DEL CODIGO PENAL
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ACUERDO PLENARION05-2008 NUEVOS ALCANCES DE LA CONCLUSION ANTICIPADA
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ACUERDO PLENARIO 01-2009 RONDAS CAMPESINAS Y DERECHO PENAL
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ACUERDO PLENARIO 02-2009 REGULARIZACIÓN TRIBUTARIA
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ACUERDO PLENARIO 03-2009 ROBO CON MUERTE SUBSECUENTE Y DELITO DE ASESINATO. LAS LESIONES COMO AGRAVANTES EN EL DELITO DE ROBO
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ACUERDO PLENARIO 04-2009 DETERMINACION DE LA PENA Y CONCURSO REAL
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ACUERDO PLENARIO 05-2009 PROCESO DE TERMINACION ANTICIPADA ASPECTOS GENERALES
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ACUERDO PLENARIO 06-2009 CONTROL DE ACUSACION FISCAL
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ACUERDO PLENARIO 07-2009 PERSONAS JURIDICAS Y CONSECUENCIAS ACCESORIAS
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ACUERDO PLENARIO 08-2009 LA PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL EN EL ARTICULO 46 - A Y 49 DEL CODIGO PENAL
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ACUERDO PLENARIO 09-2009 DESAPARICION FORZADA
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ACUERDO PLENARIO 10-2009 EJECUCION DE LA PENA DE INHABILITACION Y RECURSO IMPUGNATORIO
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ACUERDO PLENARIO 02-2005 REQUISITOS DE LA SINDICACION DE COACUSADO, TESTIGO O AGRAVIADO
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ACUERDO PLENARIO 03-2005 INTERVENCION DE TRES O MAS AGENTES
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ACUERDO PLENARIO 04-2005 DEFINICION Y ESTRUCTURA TIPICA DEL DELITO DE PECULADO
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ACUERDO PLENARIO 01-2006 DETERMINACION DE PRINCIPIOS JURISPRUDENCIALES
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ACUERDO PLENARIO 02-2006 COMBINACION DE LEYES O UNIDAD EN LA APLICACION DE LAS LEYES
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/e471cb00499118c68128f1cc4f0b1cf5/acuerdo_plenario_02-2006_CJ_116.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=e471cb00499118c68128f1cc4f0b1cf5
ACUERDO PLENARIO 03-2006 DELITOS CONTRA EL HONOR PERSONAL Y DERECHO CONSTITUCIONAL A LA LIBERTAD DE EXPRESION E INFORMACION
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/51748600499119d7815df1cc4f0b1cf5/acuerdo_plenario_03-2006_CJ_116.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=51748600499119d7815df1cc4f0b1cf5
ACUERDO PLENARIO 04-2006 COSA JUZGADA EN RELACION AL DELITO DE ASOCIACION ILICITA PARA DELINQUIR
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/b2ea328049911a738176f1cc4f0b1cf5/acuerdo_plenario_04-2006_CJ_116.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=b2ea328049911a738176f1cc4f0b1cf5
ACUERDO PLENARIO 05-2006 DECLARACION DE CONTUMACIA EN LA ETAPA DE ENJUICIAMIENTO
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/8a42570049911acc818ff1cc4f0b1cf5/acuerdo_plenario_05-2006_CJ_116.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=8a42570049911acc818ff1cc4f0b1cf5
ACUERDO PLENARIO 06-2006 REPARACION CIVIL Y DELITOS DE PELIGRO
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ACUERDO PLENARIO 07-2006 CUESTION PREVIA E IDENTIFICACION DEL IMPUTADO
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ACUERDO PLENARIO 01-2007 DETERMINACION DE PRINCIPIOS JURISPRUDENCIALES
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/da1f930049911f908235f3cc4f0b1cf5/acuerdo_plenario_01-2007_ESV_22.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=da1f930049911f908235f3cc4f0b1cf5
ACUERDO PLENARIO 02-2007 VALOR PROBATORIO DE LA PERICIA NO RATIFICADA
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/d5e31d8049912601829ef3cc4f0b1cf5/acuerdo_plenario_02-2007_CJ_116.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=d5e31d8049912601829ef3cc4f0b1cf5
ACUERDO PLENARIO 03-2007 PERDIDA DE IMPARCIALIDAD Y PROCESO DE HABEAS CORPUS Y AMPARO
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/a76460004991273182f1f3cc4f0b1cf5/acuerdo_plenario_03-2007_CJ_116.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=a76460004991273182f1f3cc4f0b1cf5
ACUERDO PLENARIO 04-2007 DESVINCULACION PROCESAL
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/79fcce0049912794830af3cc4f0b1cf5/acuerdo_plenario_04-2007_CJ_116.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=79fcce0049912794830af3cc4f0b1cf5
ACUERDO PLENARIO 05-2007 LA NON REFORMATIO IN PEIUS
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/cf4c3b8049912be98360f3cc4f0b1cf5/acuerdo_plenario_05-2007_CJ_116.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=cf4c3b8049912be98360f3cc4f0b1cf5
ACUERDO PLENARIO 06-2007 SUSPENSION DE LA PRESCRIPCION CUANDO EXISTE RECURSO DE NULIDAD CONCEDIDO VIA QUEJA EXCEPCIONAL
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/3f4bd78049912c658387f3cc4f0b1cf5/acuerdo_plenario_06-2007_CJ_116.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=3f4bd78049912c658387f3cc4f0b1cf5
ACUERDO PLENARIO 07-2007 VIOLACION LIBERTAD SEXUAL ALCANCE INTERPRETATIVO ARTICULO 173. 3 DEL CODIGO PENAL
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/b82a4e0049912cbc83aef3cc4f0b1cf5/acuerdo_plenario_07-2007_CJ_116.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=b82a4e0049912cbc83aef3cc4f0b1cf5
ACUERDO PLENARIO 08-2007 DIFERENCIAS ENTRE AGRAVANTES QUE EN ROBO ALUDEN A LA PLURALIDAD DE AGENTES Y ACTUACION DELICTIVA COMO INTEGRANTE ORGANIZACION
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/4a603f8049912d1983c7f3cc4f0b1cf5/acuerdo_plenario_08-2007_CJ_116.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=4a603f8049912d1983c7f3cc4f0b1cf5
ACUERDO PLENARIO 09-2007 SOBRE LOS PLAZOS DE PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL PARA DELITOS SANCIONADOS CON PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/2af2028049912d6b83e0f3cc4f0b1cf5/acuerdo_plenario_09-2007_CJ_116.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=2af2028049912d6b83e0f3cc4f0b1cf5
ACUERDO PLENARIO 01-2008 REINCIDENCIA, HABITUALIDAD Y DETERMINACION DE LA PENA
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/7f05ff8049912eaf8407f5cc4f0b1cf5/Acuerdo+Plenario+1-2008.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=7f05ff8049912eaf8407f5cc4f0b1cf5
ACUERDO PLENARIO 02-2008 ALCANCES DE LA PENA DE INHABILITACION
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/ebc0190049913191844cf5cc4f0b1cf5/Acuerdo+Plenario+2-2008.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=ebc0190049913191844cf5cc4f0b1cf5
ACUERDO PLENARIO 03-2008 CORREO DE DROGAS, DELITO DE TID Y LA CIRCUNSTANCIA AGRAVANTE DEL ARTICULO 297. 6 DEL CODIGO PENAL
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/3d16e980499132208473f5cc4f0b1cf5/Acuerdo+Plenario+3-2008.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=3d16e980499132208473f5cc4f0b1cf5
ACUERDO PLENARIO 04-2008 APLICACION DEL ARTICULO 173 .3 DEL CODIGO PENAL
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/c40fa480499132a8848cf5cc4f0b1cf5/Acuerdo+Plenario+4-2008+.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=c40fa480499132a8848cf5cc4f0b1cf5
ACUERDO PLENARION05-2008 NUEVOS ALCANCES DE LA CONCLUSION ANTICIPADA
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/c66115804991331f84a5f5cc4f0b1cf5/Acuerdo+Plenario+5-2008+.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=c66115804991331f84a5f5cc4f0b1cf5
ACUERDO PLENARIO 01-2009 RONDAS CAMPESINAS Y DERECHO PENAL
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/a5683e00499136ec84fdf5cc4f0b1cf5/ACUERDO_PLENARIO_01-2009-CJ-116_301209.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=a5683e00499136ec84fdf5cc4f0b1cf5
ACUERDO PLENARIO 02-2009 REGULARIZACIÓN TRIBUTARIA
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/7ac4d50049913813852bf5cc4f0b1cf5/ACUERDO_PLENARIO_02-2009-CJ-116_301209.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=7ac4d50049913813852bf5cc4f0b1cf5
ACUERDO PLENARIO 03-2009 ROBO CON MUERTE SUBSECUENTE Y DELITO DE ASESINATO. LAS LESIONES COMO AGRAVANTES EN EL DELITO DE ROBO
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/e9f60400499138bb8544f5cc4f0b1cf5/ACUERDO_PLENARIO_03-2009CJ-116_301209.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=e9f60400499138bb8544f5cc4f0b1cf5
ACUERDO PLENARIO 04-2009 DETERMINACION DE LA PENA Y CONCURSO REAL
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/fd48d10049913a6d8579f5cc4f0b1cf5/ACUERDO_PLENARIO_04-2009-CJ-116_301209.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=fd48d10049913a6d8579f5cc4f0b1cf5
ACUERDO PLENARIO 05-2009 PROCESO DE TERMINACION ANTICIPADA ASPECTOS GENERALES
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/fb50420049913b41859af5cc4f0b1cf5/ACUERDO_PLENARIO_05-2009-CJ-116_301209.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=fb50420049913b41859af5cc4f0b1cf5
ACUERDO PLENARIO 06-2009 CONTROL DE ACUSACION FISCAL
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/aaf9e28049913c1c85c1f5cc4f0b1cf5/ACUERDO_PLENARIO_06-2009-CJ-116_301209.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=aaf9e28049913c1c85c1f5cc4f0b1cf5
ACUERDO PLENARIO 07-2009 PERSONAS JURIDICAS Y CONSECUENCIAS ACCESORIAS
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/09a5778049913c8285e8f5cc4f0b1cf5/ACUERDO_PLENARIO_07-2009-CJ-116_301209.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=09a5778049913c8285e8f5cc4f0b1cf5
ACUERDO PLENARIO 08-2009 LA PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL EN EL ARTICULO 46 - A Y 49 DEL CODIGO PENAL
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/cc7dcb8049913cfb860ff7cc4f0b1cf5/ACUERDO_PLENARIO_08-2009-CJ-116_301209.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=cc7dcb8049913cfb860ff7cc4f0b1cf5
ACUERDO PLENARIO 09-2009 DESAPARICION FORZADA
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/f1eef18049913d5c8628f7cc4f0b1cf5/ACUERDO_PLENARIO_09-2009-CJ-116_301209.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=f1eef18049913d5c8628f7cc4f0b1cf5
ACUERDO PLENARIO 10-2009 EJECUCION DE LA PENA DE INHABILITACION Y RECURSO IMPUGNATORIO
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/c81de50049913dc58641f7cc4f0b1cf5/ACUERDO_PLENARIO_10-2009-CJ-116_301209.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=c81de50049913dc58641f7cc4f0b1cf5
martes, 3 de abril de 2012
miércoles, 7 de marzo de 2012
domingo, 4 de septiembre de 2011
Lucha frontal contra delincuencia
En el primer puerto, 13 puntos críticos cuentan con vigilancia
Buscarán contrarrestar accionar de las pandillas en distrito de Lima Norte
La lucha frontal contra la delincuencia, anunciada por el presidente Ollanta Humala, empezó ayer con la puesta en marcha de un plan de seguridad ciudadana que incluye una mayor presencia de miembros de la Policía Nacional del Perú (PNP) en las calles del Callao, Comas, y también en las de La Libertad, Lambayeque y Piura.
Así, por ejemplo, 13 puntos críticos del primer puerto, donde antes había escasa vigilancia, cuentan con un mayor número de agentes, gracias a la entrada en vigencia del Servicio de Retén y Franco, mediante el cual los custodios patrullan las calles, hacen guardia en sus delegaciones y, luego, descansan.
Para tal fin, se elaboró el denominado "mapa del crimen", que divide el Callao en tres sectores: el primero, abarca al Cercado, Bellavista y La Perla; mientras que el segundo, a Carmen de la Legua, Sarita Colonia y Tomás Valle.
El tercer sector incluye a las zonas de Márquez, Ventanilla, Pachacútec, Villa Los Reyes, Mi Perú, Defensores de la Patria y Angamos, en los sectores norte y sur, detalló el jefe de la vigésima Dirección Territorial Policial (Dirtepol) Callao, Francisco Pasco.
Incorporación
Desde la plaza Casanave del Callao, donde se puso en marcha este nuevo servicio, precisó que se incorporaron 350 policías adicionales a las labores de resguardo en las calles, lo que hace un total de dos mil uniformados que recorren el primer puerto.
Explicó que esta nueva modalidad de trabajo será en tres turnos de seis horas cada uno, hasta completar dos días de trabajo por uno de descanso. De esta manera, cada agente laborará 20 días al mes y descansará 10, cuando antes la relación era de 15 días trabajados por 15 de descanso.
"Antes, cuando el servicio se daba por la vía del '1x1' (un día de trabajo por uno de descanso), los policías nunca descansaban porque en sus días libres cuidaban entidades públicas o privadas, pero esto ya se terminó y ahora pueden descansar plenamente."
De acuerdo con Pasco, los jefes policiales del Callao deberán medir a diario la productividad del personal y de los comisarios, para obtener un balance mensual, por ejemplo, de la cifra de armas decomisadas, las personas detenidas, la cantidad de droga confiscada, entre otros actos.
En caso de que no se cumplan los objetivos trazados ni las metas planificadas, se solicitará de inmediato el cambio de comisario, advirtió el jefe policial, al ratificar que con estas nuevas medidas se espera reducir en 30 por ciento la delincuencia en las calles en unos dos meses.
Plan piloto
Mientras, en la comisaría Túpac Amaru de Comas, el jefe de la Sétima Dirtepol, general Javier Sanguineti, lanzó el plan piloto del Servicio de Retén y Franco en ese distrito, que incluye la incorporación de 150 agentes a las calles, que se suman a los 500 ya existentes.
Tras arengar al equipo de custodios del orden a cargo de esta labor, el jefe policial se dirigió hacia los puntos de mayor incidencia delincuencial e infracciones de la jurisdicción y dijo que una de las medidas más importantes de la propuesta es el incremento de personal en las arterias, que permitirá que el trabajo de seguridad sea sostenido y responda al mapa del delito de la comuna.
En las cinco comisarías que la Policía tiene en la zona a disposición de la ciudadanía, igualmente los custodios trabajarán en cuatro turnos de seis horas, durante 20 días de labores y 10 de descanso.
La nueva disposición prohíbe que los agentes ofrezcan sus servicios a empresas privadas, pero mejora sus remuneraciones y las condiciones logísticas de su trabajo, pues se prevé la adquisición de modernos equipos y materiales. De esta manera, comenta Sanguineti Smith, enfrentarán los delitos contra el patrimonio que son los más frecuentes, y el pandillaje.
Sobre este punto, se calcula que en Comas, uno de los distritos más antiguos de Lima Norte, existen más de 100 pandillas que alteran el orden público y comenten asesinatos, ataques a la propiedad o contra la vida y la salud. En la actualidad, las zonas más vulnerables por su presencia son La Pascana, Collique, Santa Luzmila, Túpac Amaru, entre otras.
En este escenario, la demanda de seguridad de los vecinos la garantiza la PNP, que tiene como aliados estratégicos a las juntas vecinales que complementan su labor al brindar datos de las prácticas delictivas en sus barrios.
"Se genera un sistema de información inteligente útil para encontrar soluciones", afirma Sanguineti. Se calcula que en la comuna comeña están organizadas más de 70 juntas vecinales. De ellas depende también la seguridad.
Mercado atractivo
[Chiclayo] La aplicación del Servicio de Retén y Franco en Chiclayo debe generar un clima de tranquilidad que convertirá a esta zona norteña en un mercado atractivo para los inversionistas, sostuvo el alcalde provincial Roberto Torres.
El burgomaestre calificó de acertada la iniciativa, porque no solo beneficiará a la población chiclayana, sino también al empresariado que aunque tiene interés en invertir en esta zona del país, se ve limitado por la inseguridad.
"Chiclayo no cuenta con muchas empresas, fábricas o industrias en comparación con otras ciudades como Trujillo, por ello las medidas dictadas por el Gobierno para combatir la inseguridad van a repercutir, entre otras cosas, en mejorar nuestra imagen para atraer a los hombres de negocios."
En declaraciones a la agencia Andina precisó que las principales actividades económicas de la población de Chiclayo son: el comercio, la agricultura y el turismo.
Observatorio
1 En un reciente estudio que elabora el Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público basado en las denuncias más frecuentes que se presentan en Lima Metropolitana, el gerente responsable, Juan Huambachano Carbajal, reveló que en los primeros siete meses de este año recibieron 53 mil 30 denuncias, de las cuales, 65 mil 522 son delitos. Ojo, existen denuncias que incluyen más de dos delitos.
2 El Observatorio estableció la existencia de ocho delitos específicos que generan más inseguridad a la población, y representan el 27.8% del total de las denuncias. Estos son: la violación a la libertad sexual, hurto, robo, lesión, microcomercialización de drogas, homicidio doloso, secuestro y tenencia ilegal de armas, detalló.
Trabajo conjunto
Es momento que todos los alcaldes trabajen de la mano con la PNP para derrotar la inseguridad ciudadana, afirmó el presidente de la Asociación de Municipalidades del Perú (Ampe), César Acuña. El también burgomaestre de Trujillo, una de las ciudades con mayor índice de criminalidad del país, dijo que el Ministerio del Interior, a través de la Policía, es "el llamado a dar seguridad", y los municipios deben apoyar su trabajo.
Manifestó que para cimentar la gestión de la Policía, los municipios deben "reorientar" sus presupuestos, tras asegurar que hay mucha predisposición de los alcaldes en colaborar a fin de dar tranquilidad a los peruanos.
Acuña sostuvo que el presupuesto de la Municipalidad de Trujillo destinado a seguridad ciudadana será orientado a la compra de camionetas y motocicletas con el objeto de reforzar el trabajo de los agentes.
Patrullaje permanente
[Trujillo] Con la aplicación del Servicio de Retén y Franco, más de 600 agentes de la Policía Nacional y del Serenazgo patrullan 78 puntos considerados "peligrosos" de la provincia de Trujillo, La Libertad, informó el jefe de la tercera Dirección Territorial Policial (Dirtepol), general Marlon Savitzky.
Detalló que 319 policías, acompañados de 200 miembros de serenazgo que pondrán a disposición sus vehículos motorizados, patrullarán a pie y en cuatro turnos las urbanizaciones Chicago, Aranjuez, El Alambre, entre otras.
A ello se suma, dijo, el trabajo de aproximadamente 150 policías de la Dirección Nacional de Operaciones Especiales (Dinoes) y de la División de la Unidades de Servicios Especiales que realizarán constantes operaciones.
Zonas de peligro
Comas
Robos-hurtos
• Av. Túpac Amaru, km 12-Zona 13.
• Av. Túpac Amaru-Av. Fernando Belaunde.
• Jr. Arnaldo Márquez-cuadra 7.
• Jr. Jorge Chávez-cuadra 4-Zona 3.
• Av. Jamaica-Manzana U-Lote 11-Zona 11.
• Av. Francisco Bolognesi-cuadra 3.
Microcomercialización
• Av. Revolución/Ramón Castilla-Zona 5.
• Av. Alvarado/ Puno-Zona 2.
Número de pandillas
Según jurisdicción de las 5 comisarías:
• Túpac Amaru: 60.
• Collique: 25.
• La Pascana: 20.
• Santa Luzmila: 15.
• Universitaria: 10 pandillas
Mejoran sistema de embargo electrónico
Desde el próximo 1 de setiembre se incorporarán las empresas Corporación Lindley, Supermercados Peruanos y San Fernando al sistema implementado por la Sunat para efectuar embargos a sus proveedores con deudas tributarias en cobranza coactiva, en cumplimiento de la RS N° 194-2011.
Así, serán 17 las grandes empresas que de manera progresiva han sido incorporadas al referido sistema de embargo telemático. Entre ellas, destaca Ransa Comercial, Saga Falabella, Southern Peru, Molinera Inca, Malls Peru, Hipermercados Tottus, Backus, Gloria, Alicorp, Minera Yanacocha, E. Wong, Hipermercados Metro, Cencosud Peru y tiendas por departamento Ripley.
En agosto de 2009, la administración fiscal implementó el Sistema de Embargo por Medios Telemáticos ante Grandes Compradores (SEMT-GC), mediante el cual importantes empresas privadas efectúan el embargo en forma de retención a aquellos proveedores con deudas tributarias en cobranza coactiva.
Dicho procedimiento, reglamentado mediante la RS N° 149-2009/Sunat, busca facilitar a las empresas designadas la atención de las medidas de embargo en forma de retención que ordenan los ejecutores coactivos. Por ello, representa una mejora del proceso de cobranza, pues permite a las empresas que reciben estas resoluciones de embargos ejecutar las medidas solicitadas de manera más eficiente y segura en relación con el procedimiento físico vigente, eliminando el riesgo de recibir notificaciones falsificadas.
Los resultados favorables de este sistema permiten que importantes empresas con políticas de responsabilidad social como del sector minero, comercial, molineras, cadenas de retail, que asumen deberes de colaboración con la Sunat, se estén incorporado al precitado sistema, obteniendo como beneficio la eliminación de tareas y la mejora del proceso que esta representa.
Hoy inician plan de retén y franco
Mecanismo elimina el sistema "uno por uno" para mejorar patrullaje
Potenciará trabajo del Conasec en distritos y provincias del país
Susana Mendoza smendoza@editoraperu.com.pe
El ex director general de la Policía Nacional del Perú (PNP) Eduardo Pérez Rocha afirmó que en dos semanas, el servicio policial piloto, de retén y franco, que se lanza hoy en el distrito de Comas, la provincia Constitucional del Callao, y en los departamentos de Piura, La Libertad y Lambayeque, mostrará una disminución de los actos delictivos en estas jurisdicciones. Durante el diálogo que sostuvo con el Diario Oficial El Peruano, dijo que espera, también, que la propuesta de la PNP, a presentarse hoy, incluya la cantidad de fuerzas con las que operarán los servicios que controlan el orden público local así como las metas y el plan de monitoreo de los hechos delictivos, instrumento con el cual no cuentan actualmente.
El secretario técnico del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (Conasec) aclaró que dicho documento es distinto al que desarrolla la entidad que preside, a través de las autoridades regionales y municipales electas, en tanto recoge planes que responden a la realidad de la región, provincia o distrito que representa y es elaborado conjuntamente con delegados de todos los sectores como el Poder Judicial, Salud, Educación y otros.
"Los planes de los comités de seguridad ciudadana tienen una visión multisectorial y multidisciplinaria, por lo tanto no son iguales a los que elabora la PNP, que cumple la función pública de combatir la delincuencia en el orden interno. Por ejemplo, proteger al país en caso de corrupción generalizada o amenaza de golpe de Estado. También vela por el orden público y la seguridad ciudadana."
Con este lanzamiento, la PNP recuperará el principio de autoridad y la confianza de la ciudadanía porque intervendrá directamente en los lugares en donde existe proliferación delincuencial. Paralelamente potenciará los planes distritales y regionales de los comités locales de seguridad ciudadana, precisó Pérez Rocha.
Productividad en comisarías
Destacó también el hecho de que, con esta medida, la ciudadanía podrá verificar y evaluar la productividad del trabajo policial en las comisarías, pues la dedicación de los efectivos será de manera exclusiva y estarán mejor preparados con cursos que actualicen y modernicen sus conocimientos.
El ministro del Interior, Óscar Valdés Dancuart, anunció recientemente que la eliminación gradual del servicio policial "uno por uno" busca realizar operativos permanentes contra la delincuencia.
Recibirán S/ 1,080
Los efectivos policiales que dejen de laborar bajo el sistema "uno por uno" recibirán una asignación de 1,080 nuevos soles, según lo señala un Decreto de Urgencia que oficializa la suspensión de ese régimen de trabajo de la Policía Nacional.
La norma, publicada ayer en el diario oficial El Peruano, detalla que los policías incursos en la medida serán los que prestan servicio en los departamentos de La Libertad, Lambayeque y Piura, así como en la Provincia Constitucional del Callao y en el distrito limeño de Comas. Estos agentes trabajarán bajo el sistema "retén-servicio-franco", es decir 48 horas de labor por 24 horas de descanso, día en el que no podrán prestar Servicios Extraordinarios Complementarios a la función policial, es decir que no podrán trabajar para entidades privadas como bancos, como lo faculta la Ley 27238, Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú.
Cifras
67 millones de nuevos soles serán destinados para pagar los días de franco de los agentes policiales.
55 millones de nuevos soles provienen de la reserva de contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, y el monto restante, del propio Ministerio del Interior.
Protección de datos personales
Por primera vez se regula marco general del derecho en la materia
Norma, además, define obligaciones que empresas deberán tener en cuenta
Vital. Se requerirá el previo consentimiento informado del titular de datos personales.A la fecha, todas las empresas que capturen información de sus clientes para obtener una base de datos, deberán cumplir con los parámetros establecidos en la nueva Ley de Protección de Datos Personales (Ley Nº 29733), destinada a proteger la información de las personas que están contenidas en bancos de datos, tanto del sector público como del privado, estableciéndose diversos derechos para sus titulares, así como obligaciones a los encargados de su manejo.
A continuación, la especialista y miembro del Estudio Echecopar, Teresa Tovar, explica los alcances de esta norma.
¿Cuál es el ámbito de aplicación de la Ley Nº 29733?
–Se aplica a aquellos datos personales contenidos o destinados a serlo en bancos de datos personales, siempre que estén dentro del territorio nacional, sin importar si son de administración pública o privada. Sin embargo, la ley no es aplicable a aquellos registros creados por personas naturales para su uso privado o familiar, así como aquellos contenidos o destinados a serlo en bancos de datos de administración pública, solo cuando su tratamiento sea necesario para el cumplimiento estricto de sus competencias, defensa nacional o seguridad pública.
¿El titular de los datos debe dar su consentimiento para el manejo de estos?
–Sí. Para el tratamiento de los datos personales debe existir un consentimiento previo, informado, expreso e inequívoco. En el caso de datos sensibles debe darse un consentimiento escrito. Son datos sensibles aquellos que hagan referencia al origen racial, étnico, ingresos económicos, convicciones políticas, religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical y aquellos que aludan a la salud o a la vida sexual. El titular de la información puede retirar su consentimiento en cualquier momento.
¿En qué casos no se requiere dicho consentimiento?
–La ley contiene algunas excepciones al requisito de contar con el consentimiento del titular, tales como el caso de datos personales contenidos en fuentes accesibles al público; aquellos que estén relacionados con la solvencia patrimonial o al crédito; los que resulten necesarios para la ejecución de una relación contractual con el titular de datos personales o cuando se deriven de una relación científica o profesional, siendo necesarios para su desarrollo y cumplimiento; aquellos relativos a la salud y sean necesarios para su prevención, diagnóstico y tratamiento, entre otros. El reglamento u otra ley podrán establecer otros supuestos de excepción.
¿Qué sucede con la transferencia internacional de datos?
–Se realizará solo si el país destinatario tiene niveles de protección adecuados, similares a los previstos en la legislación peruana. De no serlo, para poder realizar la transferencia, el emisor de los datos debe garantizar que su tratamiento será de acuerdo con la ley peruana. No será necesario que el país destinatario ni el emisor cumplan con garantizar la protección de la base de datos en determinados supuestos expresamente previstos en la ley, como transmisiones de datos personales efectuadas en el marco de tratados internacionales sobre protección de datos personales, cooperación judicial internacional, cooperación internacional entre organismos de inteligencia para la lucha contra la criminalidad en la ejecución de una relación contractual en que el titular de los datos sea parte, transferencias bancarias o bursátiles, conforme a la ley aplicable, para la protección, prevención, diagnóstico o tratamiento médico o quirúrgico de su titular y cuando este haya dado su consentimiento de manera previa, informada, expresa e inequívoca. El reglamento podrá señalar otros supuestos de excepción.
¿Quién tiene la función de proteger estos datos?
La ley crea la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, constituida por la Dirección Nacional de Justicia del Ministerio de Justicia, cuya responsabilidad será velar por el cumplimiento de la norma. Entre sus principales funciones están: la administración y actualización del registro nacional de protección de datos personales; publicitar la relación de bancos de datos personales; absolver consultas sobre protección de los datos y atender las solicitudes de los particulares; solicitar información a los titulares de los bancos de datos dentro de un procedimiento administrativo; iniciar fiscalizaciones de oficio. Deberá guardar confidencialidad de la información obtenida en sus funciones.
Delincuentes sin beneficios penitenciarios
Evitará que hampones prontuariados salgan libres, sostiene Beingolea
La Comisión de Justicia del Congreso priorizará la eliminación de los beneficios penitenciarios para delincuentes reincidentes, así como la aprobación de otras normas sobre seguridad ciudadana, adelantó el legislador Alberto Beingolea, que dirigirá este grupo de trabajo.
Consideró que esa medida resulta necesaria, porque evitará que hampones prontuariados y que no muestran interés por readaptarse salgan libres sin cumplir la totalidad de la pena.
"La prioridad es legislar sobre seguridad ciudadana. Existe la necesidad de tomar medidas; por ejemplo, eliminar los beneficios penitenciarios para delincuentes que reincidan, eso es fundamental."
Beingolea adelantó que propondrá la realización de sesiones conjuntas con la Comisión Especial de Seguridad Ciudadana, designada por el Congreso para discutir, de manera concertada, algunas propuestas normativas de esta índole.
Manifestó que en la Comisión de Justicia se aprobarán las medidas que sean necesarias, a fin de contar con un sistema normativo coherente para combatir el crimen.
Seguimiento
El congresista Renzo Reggiardo (Concertación Parlamentaria) fue elegido presidente de la Comisión Especial de Seguridad Ciudadana del Parlamento, que se encargará de monitorear y evaluar la formulación y ejecución de políticas públicas para combatir la delincuencia. En la primera sesión de instalación de este grupo de trabajo también se designó al legislador Luis Iberico (Alianza por el Gran Cambio), como vicepresidente, y a Teófilo Gamarra (Gana Perú), como secretario.
Instalarán Consejo Nacional de Protección al Consumidor
Tendrá por función la ejecución de políticas nacionales en la materia
Implementará además nuevo sistema de alerta ante productos peligrosos
Obligación. Consejo buscará perfeccionar los mecanismos de protección al consumidor.En un paso importante para mejorar las relaciones comerciales entre proveedores y usuarios en el país, el Indecopi instalará este lunes el Consejo Nacional de Protección al Consumidor, destinado a la ejecución de una política nacional del fortalecimiento de este sistema, así como a la implementación de un sistema de alerta frente a productos y servicios peligrosos que se detecten en el mercado.
Así lo informó la representante de la Comisión de Protección del Consumidor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), Patricia Sarria, quien agregó que dicho grupo de trabajo también será responsable de la implementación de un sistema de información y orientación a los consumidores a escala nacional, entre otros.
Dicho consejo estará integrado por los representantes de los ministerios de la Producción, Salud, Transportes y Comunicaciones, Educación, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Economía y Finanzas, la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones, así como de los gobiernos locales, organismos reguladores de los servicios públicos y asociaciones de consumidores.
Sarria explicó que este consejo forma parte del sistema nacional integrado de protección del consumidor, cuyo objetivo es optimizar las actuaciones de las entidades del Estado para garantizar el cumplimiento de las normas en la materia, en el marco de las atribuciones de cada miembro, de conformidad con el Código del Consumidor. Igualmente, verificar la ejecución de políticas públicas como de la salud y seguridad de los consumidores, entre otros.
"Lo primero que va a corresponder es instalar el consejo y, luego, diseñar un plan de trabajo para la ejecución de políticas públicas, uniformar la jurisprudencia, entre otros. Estimo que en muy breve plazo ya podremos tener definida la agenda de trabajo y la actuación a favor de una relación más equilibrada de consumo en el país", dijo la funcionaria.
Funciones encomendadas
La creación y funcionamiento del consejo está establecido en el Código de protección y defensa del consumidor, en sus artículos 133 y 135.
Así, señala como obligación de dicho grupo de trabajo el proponer y armonizar la política nacional de protección y defensa del consumidor; formular recomendaciones sobre la priorización de acciones en determinados sectores de consumo y la generación de normas en la materia.
Emitir opinión sobre programas y proyectos en la materia que se sometan a su consideración; promover la creación del sistema de información y orientación a los consumidores; igualmente la difusión de su legislación y jurisprudencia en la materia.
Impulsar el sistema de alerta y actuación oportuna frente a los productos y servicios peligrosos que se detecten en el mercado; evaluar la eficacia de los mecanismos de prevención y solución de conflictos en las relaciones de consumo, con la progresiva participación de los gobiernos locales y regionales.
Apoyar la participación de los consumidores y lograr una visión conjunta sobre las acciones necesarias para ello.
Esfuerzo importante
Crisólogo Cáceres. Presidente de Aspec
La instalación del consejo es muy importante porque fortalece el marco jurídico y eficaz en protección de los consumidores. Además, proporcionará un tratamiento rector, integrador y transversal a las funciones de promoción, prevención y fiscalización de estas labores. Esto significa que por primera vez el país contará con una entidad de carácter multisectorial, para coordinar y ejecutar políticas nacionales a favor del sistema, la cual determinará hacia dónde encaminar los esfuerzos del Estado en el tema, cuáles serán las prioridades y qué corresponderá a las instituciones confortantes del sistema, entre otros. ¿Qué esperar? Que este nuevo esfuerzo funcione de verdad, a fin de cautelar de manera organizada estos derechos, lo cual requerirá también de la asignación de recursos. Desde este consejo, como Aspec insistiremos en que se cumpla con la obligación de concientizar sobre el tema desde el colegio.
La imprescriptibilidad por corrupción es vinculante
Ministerio Público fortalecerá presencia fiscal en todo el país
Afianzarán acciones en lucha anticorrupción y en zona del VRAE
El Perú, como país signatario de diversos acuerdos internacionales, está obligado a avanzar hacia la imprescriptibilidad de los delitos por corrupción en agravio del Estado, afirmó el fiscal de la Nación, José Peláez Bardales, quien además se mostró a favor de la inhabilitación a perpetuidad contra sus responsables para el ejercicio futuro de cualquier función pública en el país.
Peláez dijo que la Comisión Interamericana de Derecho Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana, en diversas jurisprudencias, son reiterantes al establecer y señalar la existencia de ciertos delitos que nunca deben de prescribir, entre ellos la corrupción y la tortura, que obligan al Estado peruano a incorporarlos dentro de su normatividad interna.
Precisamente en la materia, el Ministerio Publicó prevé fortalecer el sistema anticorrupción, a fin de hacer un mejor seguimiento sobre el avance de las investigaciones más emblemáticas. Igualmente, realizará una activa coordinación con la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción para la elaboración e implementación de las acciones que sean necesarias desde la investigación fiscal para contrarrestar dicho flagelo.
Otro objetivo inmediato de la Fiscalía de la Nación será coadyuvar con los esfuerzos del actual gobierno en materia de seguridad y lucha contra el narcotráfico. Para ello, se decidió fortalecer la labor de esta institución en la zona del VRAE a través del envío de un mayor número de fiscales adjuntos y afianzar el control del comercio y distribución de los insumos y sustancias químicas.
Esta institución pondrá énfasis en dicha actividad debido a que se trata de los precursores que permiten su elaboración, ejerciendo una fiscalización desde el productor o importador, pasando por el comprador, el distribuidor y el uso final del insumo fiscalizado. El objetivo será establecer con precisión dónde se pierde el eslabón de la cadena y cuál es el destino final del producto, denunciando al responsable o responsables de tales conductas ilícitas.
Se espera, igualmente, culminar pronto la investigación a escala nacional de aproximadamente 120 casos por lavado de activos, con la aplicación del Nuevo Código Procesal Penal (NCPP). También avanza en la elaboración de un registro de importadores, distribuidores y comercializadores de insumos químicos, para saber si su destino final es lícito o no.
Reforma constitucional
Como parte del actual debate de la reforma constitucional, el Ministerio Público sería de la opinión de perfeccionar la actual Carta Magna precisando la labor de prevención del delito para la Fiscalía de la Nación, tal como lo consignaba la Constitución de 1979.
Presupuesto 2012
El Ministerio Público ha solicitado para el próximo año la asignación de mil 700 millones de nuevos soles, a fin de destinarlos en la implementación del Nuevo Código Procesal Penal (NCPP), cuya aplicación, hasta la fecha, viene reportando importantes avances respecto a la celeridad procesal y en la investigación fiscal.
La Fiscalía de la Nación espera también reforzar las labores de las fiscalías ambientales y el tratamiento de la persecución inteligente del delito, especialmente destinado a rescatar a los jóvenes de los actos de pandillaje.
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